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Las dimensiones eludidas en el derecho al agua y al saneamiento actual en México
necesario y para revisar con cabalidad su cumplimiento. Asimismo, cuando
se menciona “cercanías inmediatas”, tampoco está claro si esta cercanía se
refiere a un metro o cincuenta metros, o a una distancia definida. La cercanía
puede entenderse de muchas formas; si tomamos en cuenta la dispersión
poblacional de algunos lugares la cercanía puede entenderse como el lugar
más próximo en donde se pudo construir un sistema de distribución o poner
un grifo, aunque éste no esté en las proximidades; hace falta un criterio de
distancia que permita la verificación y el cumplimiento.
Cuadro 1. Enunciados y criterios en el documento
La realización del
derecho al agua potable y al saneamiento
, 2005.
Enunciado
Criterio ambiguo
1.1. Toda persona tiene derecho a una
cantidad suficiente de agua salubre para
uso personal y doméstico.
Cantidad suficiente.
1.2. Toda persona tiene derecho a acceder
a un servicio de saneamiento adecuado
y seguro que proteja la salud pública y el
medio ambiente.
Servicio de saneamiento adecuado y
seguro.
1.3. Toda persona tiene derecho a un
servicio de agua y saneamiento que:
a) Sea físicamente accesible en el hogar,
en los centros de enseñanza, en el lugar
de trabajo o en los establecimientos
de salud, o bien, en sus cercanías
inmediatas.
Cercanías inmediatas.
b) Sea de suficiente calidad y
culturalmente aceptable.
Suficiente calidad.
Culturalmente aceptable.
c) Esté en un lugar en que pueda
garantizarse la seguridad física.
d) Tenga un precio que cada persona
pueda pagar sin reducir sus posibilidades
de adquirir otros bienes y servicios
esenciales.
Precio.
Bienes y servicios esenciales.