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Agua asequible
beneficios (disposición a pagar), sean iguales
o mayores a los costos. La forma de transmitir
claramente esta señal, es con la medición del
consumo, condición necesaria para lograr el ob-
jetivo económico de la tarifa (MIDUVI, 2003).
Es deseable que el diseño de la estructura
tarifaria cumpla con objetivos formales: prac-
ticidad, simplicidad, inteligibilidad, viabilidad
de aplicación, aceptación pública, inexistencia
de controversias de interpretación, efectividad
en alcanzar la meta de ingresos, estabilidad en
las tarifas y en los ingresos y equidad entre los
diferentes grupos de usuarios; evitando la dis-
criminación entre ellos y, de manera primordial,
el fomento de prácticas eficientes de consumo
(desincentivar el despilfarro de agua potable).
7.1.2 La sostenibilidad
financiera del operador,
esencial para garantizar
el derecho humano al
agua.
Para cumplir la responsabilidad de satisfacer el
derecho humano al agua, el organismo operador
debe tener la suficiente madurez y solidez ins-
titucional para desarrollar un completo sistema
tarifario y transformarlo en cobros efectivos, que
le den autonomía para cumplir con esa obliga-
ción. El estado y el municipio deberán apoyarlo
e impulsarlo a que tenga planteamientos tarifa-
rios correctos que promuevan la sostenibilidad
financiera de cada organismo operador.
El organismo operador debe simultáneamente
mediante departamentos diferentes, atender y
proveer los servicios de agua potable y de sanea-
miento a su población en su territorio asignado.
Cada uno esos requerimientos operativos y
financieros deberán tener presupuestos asegu-
rados y bien definidos en el Programa Operativo
Anual, así como en los planes a mediano y largo
plazos.
El municipio es obligado solidario del organismo
operador; a su vez, el estado lo es del municipio,
y los tres deben prever que cuente con los re-
cursos suficientes para prestar los servicios.
Cabe destacar que la falta de asignación de
recursos no exime del cumplimiento de la obli-
gación de prestar los servicios, por tratarse de la
forma de cumplimiento de un derecho humano.
Lograr un apropiado y completo sistema tari-
fario, y especialmente un efectivo sistema de
cobros, que transforme los diferentes tipos de
facturaciones en ingresos efectivos, es esencial
para el correcto funcionamiento del operador.
Se requiere un área comercial con capacidad de
facturar y cobrar los conceptos aprobados, que
se maneje con eficacia, honestidad y claridad en
rendición de cuentas.
La aprobación de una nueva estructura tarifaria
implica la obligación del operador de mejorar sus
eficiencias y optimizar sus costos, incluyendo
las relacionadas a la transparencia y acceso a in-
formación. Esos compromisos los debe vigilar el
ente regulador. Es obligación de los legisladores
asegurar que las tarifas que aprueben cubran
todos los costos y sean acordes a las caracterís-
ticas que se registren en el padrón de usuarios.
Los subsidios autorizados por la legislatura
deben complementarse por un mecanismo para
que sea cubierto el monto, es decir, debe rein-
tegrar al operador las mismas cantidades que
hayan sido determinadas como subsidios, de lo
contrario, se desestabilizarían las finanzas del
organismo operador.