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Recomendaciones de política
pública
En este capítulo se presentan de forma concisa
algunas recomendaciones de política pública en
materia de agua y saneamiento en torno a lo que
se expuso en los capítulos anteriores. Con esto se
pretende orientar a los tomadores de decisiones
respecto a lo que se considera indispensable
para dar marcha en una estrategia encaminada
a la consecución del derecho humano al agua y
la provisión de los servicios de agua potable y
saneamiento.
Derecho humano al agua
1. El derecho humano al agua debe enten-
derse como el derecho de toda persona
al acceso, disposición y saneamiento de
agua para consumo personal y doméstico
en forma suficiente, salubre, aceptable y
asequible.
2. El abastecimiento de agua debe ser com-
plementado con el acceso a servicios de
saneamiento adecuados.
3. Desarrollar conforme al contexto lo-
cal las obligaciones internacionales de
respetar, proteger y cumplir el derecho
humano al agua.
4. Mejorar las coberturas de agua potable y
saneamiento.
5. El abastecimiento de agua debe ser su-
ficiente para satisfacer las necesidades
básicas para usos personales tales como
consumo directo, alimentación, sanea-
miento, higiene personal y familiar; así
como los usos domésticos, es decir, hi-
giene de elementos del hogar y vestido.
Esto se traduce entre 50 y 100 litros dia-
rios por persona.
6. Establecer lineamientos para que el agua
cumpla con las normas de calidad y no
represente riesgos para la salud.
7. Incorporar previsiones para que el agua
sea de color, olor y sabor adecuados por
los usos personal y doméstico.
8. El servicio público a través del cual se
abastezca de agua potable y saneamiento
básico debe cumplir con las caracterís-
ticas inherentes al mismo: generalidad,
regularidad, continuidad, uniformidad,
y economía.
9. Asegurar que el agua se encuentre al
alcance físico seguro de todos los sec-
tores de la población, considerando las
características de la vivienda, de la dis-