GUÍA DE POLÍTICAS PÚBLICAS EN EL ÁMBITO ESTATAL EN MATERIA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO - page 77

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Agua asequible
de agua potable y saneamiento, con la finalidad
de que esto les permita, entre otros: regularizar
su situación fiscal respecto de los adeudos por
aprovechamientos derivados del suministro de
agua en bloque, llevar a cabo inversiones en ma-
teria de abastecimiento y saneamiento de agua y
mejorar la eficiencia hidráulica.
En el cuadro 3 se presentan algunos ejemplos.
7.2.1 Intención de los
estímulos e incentivos
La intención de los estímulos e incentivos es la
aceleración y avance hacia a la modernización,
en cuanto a la gestión del agua en sus usos de
consumo humano. Así mismo, contar con orga-
nismos operadores sostenibles con posibilidad
de utilizar los más innovadores instrumentos
de financiamiento, garantizando el agua a toda
la población, al campo y a la industria de ma-
nera factible, limpia y sin deteriorar el medio
ambiente ni desbalancear el equilibrio hídrico.
7.2.2 Objetivo
Tener a nivel nacional un funcionamiento
eficiente, con la regulación, las instituciones,
los actores y los mecanismos necesarios para
eliminar asimetrías de información entre
quienes proveen el servicio y lo requieren,
entre quienes demandan financiamiento y
quienes lo pueden otorgar y entre quienes
negocian derechos; que ofrezca seguridad
Cuadro 3. Elementos del diseño de la política hídrica en México, su expresión como instrumentos económicos de carácter fiscal
Principios (art. 14 Bis 5 LAN)
“Usuario-pagador”
“El agua paga el agua”
“Quien contamina paga”
“Incentivos económicos a las personas físicas y morales que hagan uso eficien-
te y limpio del agua”
Instrumentos (art. 14 Bis 6 LAN)
El cobro de derechos.
Los apoyos sociales para que las comunidades rurales y urbanas marginadas
accedan al agua y al saneamiento
Disposiciones de la Ley Federal de Derechos
Cuotas de derechos por:
la explotación, uso o aprovechamiento de
las aguas nacionales (Art. 223).
extracción de materiales pétreos
(Art. 236).
uso de cuerpos receptores de las des-
cargas de aguas residuales conforme al
esquema de muestreo por tipo de conta-
minante y límites máximos permisibles de
concentración de contaminantes
(Art. 278-B y 278-C).
uso, goce o aprovechamiento de inmue-
bles considerados bienes de dominio públi-
co de la Federación
(Art. 232).
Exenciones del pago de derechos por la explotación, uso o aprovechamiento de
las aguas nacionales (Art. 224).
Destino específico de los derechos pagados por concepto de uso de bienes del
dominio público de la nación como cuerpos receptores de descargas de aguas
residuales para la realización de programas en la materia (Art. 279).
Destino específico de los derechos pagados por conceptos de uso, explotación
o aprovechamiento de las aguas nacionales destinadas al uso público urbano
(223, Apartado B, fracción I y 231-A).
Exenciones del pago de derechos por descarga de aguas residuales(Art. 282).
Descuento a los contribuyentes que cuenten con una planta de tratamiento
(Art. 282-c)
Disminuciones de pagos por costos comprobados de aparatos de medición y su
instalación (Art. 224-A y 281-A).
Descuento por cada metro cúbico de agua potable que se proporcione al D.F. o
los municipios del Valle de México.(Art. 224-A).
Exenciones de pagos por uso, goce o aprovechamiento de inmuebles considera-
dos bienes de dominio público de la Federación (Arts. 232, 233 y 236-C)
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