Guía para el desarrollo de reglamentos para la prestación del servicio de agua potable,
drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales
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CONCEPTO
ÁMBITO ESTATAL
Red secundaria
Conjunto de estructura integrada desde por la interconexión del tanque de
regulación, o en su caso, de la línea general de distribución hasta el punto de
interconexión con la infraestructura intradomiciliaria del predio correspondiente al
usuario final del servicio.
Reglamento
Al presente reglamento.
Reúso
Utilización de las aguas residuales, de acuerdo con la normatividad emitidas para
tal efecto.
Saneamiento
Conjunto de acciones, equipos, instalaciones e infraestructura para lograr la colecta,
traslado, tratamiento, alejamiento y vertido de las aguas residuales y el manejo y
disposición ecológica de los sólidos resultantes del tratamiento respectivo. Incluye
el alcantarillado, emisores, plantas o procesos de tratamiento y sitios de vertido.
Servicio público
Son el conjunto de actividades y prestaciones permitidas, reservadas o exigidas a
las administraciones públicas federales, estatales y municipales, que tienen como
finalidad satisfacer ciertas necesidades de la población, favoreciendo la realización
efectiva de la igualdad y del bienestar social.
Servicio de suministro de agua potable Distribución del agua apta para consumo humano.
Servicio de tratamiento de aguas
residuales
Remoción o reducción de las cargas contaminantes de las aguas residuales.
Sistema de agua potable
Conjunto de instalaciones, equipos y obras de infraestructura necesarios para
prestar el servicio de suministro y tratamiento de aguas.
Tarifa
Precio unitario establecido por las autoridades competentes para la prestación de
los servicios públicos de agua potable, drenaje y saneamiento.
Toma
Tramo de interconexión situado entre la infraestructura o red secundaria para el
abastecimiento de los servicios públicos, y la infraestructura intradomiciliaria de
cada predio, que incluye en su caso mecanismos de regulación y medición.
Unidad de consumo
Lugar físicamente separado e independiente, destinado para uso habitacional,
comercial, industrial, a Instituciones públicas o que presten servicios públicos, o
cualesquiera otra actividad productiva; con acceso directo a la calle o a un pasaje
o escalera, que permita la entrada y salida sin circular por áreas de uso privativo.
Uso habitacional
Utilización de agua en predios para uso habitacional, destinada al uso particular
de las personas y del hogar, así como el riego de jardines y de árboles de ornato en
estos; incluyendo el abrevadero de animales domésticos, siempre que estas últimas
dos aplicaciones no constituyan actividades lucrativas
Sistema de agua potable y
alcantarillado
Conjunto de obras y acciones que permiten la prestación de servicios públicos de
agua potable y alcantarillado, incluyendo el saneamiento, entendiendo como tal la
conducción, tratamiento, alejamiento y descarga de las aguas residuales.
Uso no habitacional
A las tomas que den servicio total o parcialmente a establecimientos comerciales,
prestadores de servicios, industrias, o cualquier otra actividad económica, incluidas
las que presten servicios públicos.
Norma Oficial Mexicana
son disposiciones generales de observancia obligatoria, expedidas por
dependencias de la administración pública federal, cuyo objetivo es establecer
reglas, especificaciones, directrices y características aplicables a un proceso,
producto o servicio, regulando así cuestiones de alta especificidad técnica para dar
cumplimiento a las obligaciones establecidas en los reglamentos o en la ley.