Guía para el desarrollo de reglamentos para la prestación del servicio de agua potable,
drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales
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Estas visitas, podrán efectuarse con el fin
de verificar que el uso de los servicios sea el
contratado y que el funcionamiento de las
instalaciones esté de acuerdo a la autorización
concedida, vigilar el correcto funcionamiento de
los medidores y el consumo de agua, comprobar
laexistenciade tomas clandestinas oderivaciones
no autorizadas, verificar la existencia de fugas
de agua y/o en el alcantarillado, verificar que el
funcionamiento de las instalaciones hidráulicas
y dispositivos cumplan con las disposiciones
técnicas establecidas por el organismo operador,
realizar muestreos para verificar la calidad del
agua que se descargue en los cuerpos receptores,
verificar la procedencia de la suspensión de
los servicios y las demás que determine el
organismo operador. Esto resulta trascendente a
fin de cumplir con los parámetros nacionales de
la calidad del agua.
Evidentemente dichas visitas de inspección de-
berán sujetarse a las formalidades y requisitos
que se señalen en el Reglamento y disposiciones
complementarias y aplicables.
4.2.12 De la suspensión de los
servicios
Debe preverse la posibilidad de la suspensión
del servicio a petición del usuario, cuando no
requiera de los servicios en forma inmediata, ya
sea porque el inmueble destinado a uso habita-
cional no se encuentra habitado, que el predio
se encuentra sin construcción, y no demande
los servicios, o cualquier otra circunstancia,
evitando así un conflicto innecesario entre el
organismo y el usuario por la prestación de un
servicio que no es requerido.
De igual forma, se debe establecer la facultad al
organismo operador de suspender el suministro
de agua potable y/o cancelación de las des-
cargas de aguas residuales por incumplimiento
del pago de las tarifas correspondientes por un
plazo determinado. Sin embargo, al suspender
el servicio de suministro de agua potable, el
organismo operador deberá permitir a los usua-
rios el acceso al agua potable para satisfacer sus
necesidades básicas, pudiendo ser a través de
formas alternativas para su cumplimiento tales
como el envío de pipas, la entrega de vales, me-
diante tandeos domiciliarios, o bien indicando
la fuente de abastecimiento de la que se podrá
obtener el volumen asignado, debiéndose esta-
blecer entre el rango de los 50 a los 100 litros
por habitante al día, y la distancia que deberá
estar acorde con los parámetros internacional-
mente establecidos, es decir, no mayor a 1000
metros o 30 minutos de desplazamiento, y sin
que se ponga en riesgo la seguridad física, to-
mando en cuenta características de género,
entre otras, esto a efecto de no vulnerar su de-
recho humano al agua.
4.2.13 De los derechos y
obligaciones de los
usuarios
Derivado de la prestación de los servicios,
así como de la suscripción del contrato con el
organismo operador, los usuarios adquieren
ciertos derechos entre los que destacan: que se
les proporcionen los servicios en las condiciones
y lugares en que existan dichos servicios,
solicitando su contratación; exigir calidad y
eficiencia en la prestación de los servicios; contar
con una toma de agua potable y una de descarga
de alcantarillado cuando existan las condiciones
propiciaspara suconexión; solicitar la suspensión
de los servicios; recibir información sobre los
servicios públicos, incluyendo los cambios a
las tarifas; ser informados con anticipación de