Temas básicos de contenido en un reglamento de prestación de servicios de agua
potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales
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xión o incorporación al servicio(s) solicitado(s);
las causas de rescisión del contrato, la suspen-
sión o restricción del servicio en los términos
que contemple el reglamento; y las infracciones
y sanciones de las partes.
Es importante que en un apartado especial se
precise que la suscripción del referido contrato
entre el usuario y el organismo operador, no
garantizará la conexión o incorporación para la
prestación de los servicios públicos solicitados,
ya que de manera adicional se deberá atender
a los requisitos técnicos de factibilidad de in-
fraestructura para su incorporación y conexión,
señalándose que en caso de no cumplir con
éstos, existirá una imposibilidad no atribuible
al organismo operador que será subsanable a
través de las adecuaciones que realice el usuario
o bien el organismo con cargo al usuario.
De igual forma, se sugiere que se establezca
un apartado, en el cual se señale que en el caso
de modificaciones futuras al Reglamento, el
contrato suscrito entre ambas partes seguirá
surtiendo sus efectos, ajustándose a las nuevas
disposiciones que contemplara dicho ordena-
miento, sujetándose las partes a su observancia
y cumplimiento, en razón de que el bien jurídico
tutelado es de orden público e interés social.
4.2.5 De los nuevos
asentamientos humanos
Una adecuada planeación a futuro sobre la ad-
ministración de los recursos hídricos, permite
una mejor y más eficaz prestación de los servi-
cios públicos que brinde el organismo operador.
En este tenor, destaca la importancia de la
factibilidad para la adecuada prestación de
los servicios que se brinden a los nuevos
asentamientos humanos, imponiendo a los ur-
banizadores la obligación de cumplir con las
especificaciones técnicas en infraestructura
que establezca el Gobierno Municipal así como
con las disposiciones legales aplicables, para la
adecuada prestación de los servicios, a efecto de
garantizar una mayor y adecuada cobertura en
el servicio.
Esto implica que el organismo operador, con-
tará con las facultades y atribuciones para llevar
a cabo la inspección de obras e instalaciones, a
efecto de verificar el cumplimiento de las es-
pecificaciones técnicas que requiere, pudiendo
negar la factibilidad de los servicios a urbaniza-
ciones que no cumplan con los requisitos y con
las especificaciones técnicas establecidas.
Por lo tanto, se debe imponer a los nuevos asen-
tamientos humanos la obligación de que la
infraestructura para la conexión e incorpora-
ción de los servicios públicos que soliciten, se
sujete a las especificaciones técnicas señaladas
por el organismo operador, incluyendo las redes
de distribución, redes separadas de drenaje,
tanques de distribución, tomas domiciliarias
y aparatos medidores, lo que permitirá una
adecuada planeación y administración de los
servicios públicos de agua potable, drenaje, al-
cantarillado, tratamiento y disposición de aguas
residuales.
4.2.6 Del uso eficiente del agua
Resulta indispensable que se establezcan, como
parte integradora y fomentadora de la cultura
del agua, medidas para el consumo y ahorro del
agua, mismas que deberán observarse por los
usuarios, mediante los mecanismos o políticas
que el organismo operador y los organismos au-
xiliares determinen.