GUÍA PARA EL DESARROLLO DE REGLAMENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES - page 55

Temas básicos de contenido en un reglamento de prestación de servicios de agua
potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales
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la suspensión de los servicios; denunciar ante
la autoridad competente cualquier acción u
omisión relacionada con los servicios públicos
de agua potable, drenaje, alcantarillado,
tratamiento y disposición de aguas residuales
cometida por terceras personas, que pudieran
afectar sus derechos y, demás que se deriven las
disposiciones legales aplicables.
Las obligaciones a cargo de los usuarios son,
entre otras, las que se señalan a continuación:
cubrir las tarifas para la incorporación y por la
prestación de los servicios dentro de los plazos
que se señalen y en la forma y lugares que se
indiquen; celebrar el contrato de adhesión
con el organismo operador; optimizar el
rendimiento del agua utilizándola con eficiencia
y reparando las fugas que se encuentren dentro
del inmueble, así como reportar las que tengan
lugar en las instalaciones hidráulicas a cargo
del organismo operador; instalar los equipos,
accesorios y sistemas hidráulicos para ahorro
del agua; evitar la contaminación del agua
de las instalaciones en servicio y efectuar su
tratamiento cuando así le resulte aplicable y,
las demás que se consideren de importancia y
cuyo origen se encuentre en otras disposiciones
legales aplicables, o bien tengan que ver con
condiciones particulares del municipio.
Se considera recomendable la inclusión de un
apartado que verse sobre la responsabilidad
ambiental por contaminación del agua, esto
en razón del daño que se pueda causar a los
recursos y reservas hídricas, ya sea que se
ocasionen por la acción u omisión de un usuario
o conjunto de usuarios. Es imprescindible que
se contemple la reparación del daño causado,
mediante la imposición de sanciones cuyo
destino es aplicarlo al saneamiento del daño
ambiental ocasionado.
Es importante precisar que la responsabilidad
ambiental
será
independiente
de
la
responsabilidad civil, penal y administrativa a
que haya lugar.
4. 3 Tercer tema. De
las infracciones y
sanciones
4.3.1 Disposiciones generales
La actuación de la Administración pública mu-
nicipal está delimitada por el contenido de la
normatividad que la regula, por lo tanto, las
infracciones y sanciones así como el procedi-
miento para su aplicación, deben estar definidos
previamente en el reglamento, ya que de no ser
así, se violentaría el principio de legalidad.
En este apartado será importante establecer las
diferencias entre infracción y sanción, entendida
la primera como la toda acción u omisión que
importe la violación de las normas contenidas
en el reglamento siempre que se encuentre tipi-
ficada como tal y la segunda es la consecuencia o
efecto de una conducta realizada por el infractor,
es decir, es la penalidad a cargo del sujeto que
haya realizado actos que den como resultado el
incumplimiento o la infracción del reglamento.
4.3.2 De las infracciones de
los usuarios
Habiéndose establecido cuáles serán las
infracciones que sanciona el reglamento en la
prestación del servicio, orientadas a brindar
la debida y adecuada protección al derecho
humano al agua, se sugiere que las infracciones
se orienten a sancionar las conductas desplegadas
por los usuarios o terceros que tiendan a afectar,
disminuir, restringir o limitar la prestación de
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