La reglamentación municipal de los servicios de agua potable, drenaje,
alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales
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tidades federativas, dentro de las facultades que la
Constitución general les otorga (Gamboa, 2006).
Retomando el contenido del actual Programa
Nacional Hídrico que en su capítulo III. Objetivos,
estrategia y líneas de acción, menciona la necesidad
de llevar a cabo reformas del sector hídrico bajo cinco
reformas primordiales que respondan a los conceptos
de prioridad, seguridad y soberanía nacionales del
agua que se muestran en la Ilustración 1.
Ilustración 1. Áreas comprendidas para llevar a cabo la Reforma al Sector Hídrico
El PNH establece que es necesaria una reforma
del marco jurídico del agua para propiciar el
fortalecimiento del sector hídrico en el que las
dependencias involucradas aporten su conoci-
miento y experiencia, dispongan de autoridad de
tal manera que el agua se convierta en un verda-
dero promotor del desarrollo nacional, siempre
bajo la coordinación de la autoridad del agua. Se
propone también modificar el soporte legal que
permita a las instituciones públicas ejecutar con
mayor eficacia los actos de autoridad y a los ciu-
dadanos obtener una mayor certeza jurídica de
sus derechos y obligaciones en materia hídrica.
Resulta evidente que para lograr los objetivos
del PNH, uno de los pasos es crear reglamentos
de prestación del servicio de agua potable, dre-
naje, alcantarillado, tratamiento y disposición
de aguas residuales que establezcan las reglas,
medidas, procedimientos, infracciones y san-
ciones derivados de dicha prestación.
Entre las herramientas de utilidad encami-
nadas a garantizar el derecho humano al agua
se encuentra precisamente la regulación de la
prestación de los servicios, por lo que tanto
para el nivel municipal al igual que a nivel
Fuente: Elaboración propia con la información del PNH