GUÍA PARA EL DESARROLLO DE REGLAMENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES - page 13

La naturaleza de los servicios públicos
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en el sentido de que esta última debe darse
mientras exista o permanezca la necesidad
general que se busca atender.
1.2 La clasificación
de los servicios
públicos en México
Según las competencias de cada nivel de go-
bierno en el Estado mexicano, respecto a la
prestación de los servicios públicos se pueden
clasificar como se propone a continuación (Mu-
nicipales, 1985):
• Federales. Estos pueden ser por una parte,
de carácter exclusivo y del tipo de los
monopolios como los correos, el banco
único de emisión; por otra parte, pueden
ser concurrentes con particulares a quienes
se les pueden otorgar concesiones para su
prestación, como en el caso de la telefonía
y de la radiodifusión o pueden ser también
concurrentes con otras entidades públicas
como en el caso de la salud, la educación y
el turismo.
• Estatales. Estos son exclusivos de los Estados
y regulados por su propia legislación, en este
caso pueden prestarse en coordinación con
entidades de la Federación o con Municipios
que hacen parte del mismo Estado, ejemplos
de estos servicios son el drenaje y relativos a
la educación pública.
• Municipales. Estos tienen una clasificación
mucho más amplia basada en el tipo de
servicios y no en la forma como se prestan
o las entidades involucradas, así se dividen
en básicos que se refieren al agua potable,
drenaje,alcantarillado,víasdecomunicación,
calles, banquetas y finalmente el alumbrado
público; los básicos complementarios
que hacen referencia a servicios como la
limpieza, recolección de basura y limpia
en general, centrales de abasto, centros de
mercado, rastro y panteones.
Dentro de los servicios municipales se
cuentan también los servicios de seguridad
pública; finalmente, la última categoría es la
de los servicios de protección a la comunidad y
bienestar social en donde este autor agrupa los
servicios de salud, prevención de accidentes,
protección contra la contaminación y
medidas al respecto, comunicación social,
rescate y cuidado del patrimonio histórico,
artístico y cultural y acción deportiva.
La anterior clasificación se encuentra en la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, aunque no hay una definición pro-
piamente de lo que se entiende como servicio
público, sí se establece quiénes son los respon-
sables en los diversos órdenes de gobierno, de
manera que:
• En el Artículo 73 De las Facultades del
Congreso, se delimitan los servicios públicos
que por sus características quedan a cargo de
la Federación, en su fracción XXIX, párrafo
4º: “Sobre servicios públicos concesionados o
explotados directamente por la Federación.”
• El Artículo 115, fracción III, establece
los servicios públicos cuya prestación es
responsabilidad de los Municipios (el
contenido de este artículo se desarrolla
en temas siguientes para una mayor
comprensión).
• En el Artículo 116 relacionado con los
poderes de los estados, se definen, en el
fracción VII los servicios públicos que
corresponden a la competencia de las
Entidades Federativas:
“La Federación y los Estados, en los términos
de ley, podrán convenir la asunción por parte
de éstos del ejercicio de sus funciones, la
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