Guía para el desarrollo de reglamentos para la prestación del servicio de agua potable,
drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales
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De la igualdad o uniformidad
Con esta característica se quiere enmarcar el equi-
tativo y uniforme trato del cual deben gozar todos
los usuarios de un servicio, el cual debe darse de
forma indiscriminada, aunque dentro de esa pres-
tación se establezcan diversos tipos o categoría
de usuarios, sin embargo, al interior de cada una
de esas categorías el trato debe ser uniforme para
todos los usuarios que hacen parte de ella.
Regularidad
La prestación del servicio público debe ceñirse
a esta característica, mediante lo que determine
la normativa jurídica de regulación correspon-
diente, por tanto, esta normativa es un punto
de partida básico, que supera en legitimidad
cualquier otra normativa que busque regular la
relación comercial o de otro tipo entre contra-
tantes de un servicio público.
Esta normativa jurídica debe contemplar aspectos
de distribución y prestación del servicio como ho-
rarios, condiciones técnicas y de seguridad, tarifas,
entre otras, que quedan por fuera de la negociación
de las partes y por tanto no pueden formar parte de
lo que se conviene según el derecho privado.
De acuerdo con esta prerrogativa, los usua-
rios, en caso de sentir que estos aspectos están
siendo violados de alguna manera, pueden ini-
ciar acciones legales en contra del prestador de
servicios o contra la entidad encargada de la re-
gulación de la misma, pues son las dos las que
deben garantizar estas condiciones mínimas.
Continuidad
Esta es una característica básica de los servi-
cios públicos, implica que su prestación no debe
ser interrumpida a menos que previamente se
hayan establecido las condiciones de interrup-
ción, tales como horas, fechas y circunstancias
por las cuales esto puede suceder. Lo anterior no
puede generalizarse a todos los servicios y de-
penderá de la naturaleza de la necesidad general
que busca atender, por ejemplo, la recolección
de basura, aun siendo un servicio que atiende
una necesidad general, no es una actividad que
deba realizarse 24 horas al día todos los días.
Frente a quiebres en la continuidad por circuns-
tancias ajenas, es obligación de quien presta el
servicio reestablecer el suministro del mismo en
el menor tiempo posible.
En estas cuatro características descritas hay
consenso respecto a lo esencial de su existencia
en cuanto al servicio público, sin embargo, hay
otras que aún se discuten y que en general son la
base de discrepancias profundas cuando se pre-
sentan conflictos relacionados con la prestación
de un servicio, estas características son:
• Obligatoriedad. Surge del argumento según
el cual, si un servicio público obedece a la
satisfacción de una necesidad de carácter
general, la prestación de mismo por parte
del Estado o del prestador del servicio con
quien se haya establecido un convenio para
tal fin, es deber y obligación suya mientras
subsista dicha necesidad.
• Adaptabilidad. Esta característica hace
referencia a la capacidad permanente de
adaptación en la regulación de la prestación
del servicio público según las necesidades
particulares del contexto y los avances
tecnológicos.
• Permanencia.Aunqueaparezcageneralmente
como una característica adicional, se
relaciona mucho con la de obligatoriedad