Guía para la constitución de organismos operadores intermunicipales de agua potable,
drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales
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• Realizar sondeos de opinión que permitan
conocer las percepciones y grado de
satisfacción de los usuarios respecto al
servicio de agua potable y saneamiento,
así como la cultura del agua propia de los
pobladores de los municipios.
• Reunir información y elaborar diagnósticos
sobre la situación hídrica (disponibilidad del
agua, sistemas de abastecimiento de agua
potable y saneamiento, usos del agua por
actividad, calidad del agua, problemas de
escasez y/o inundaciones, contaminación y
ecosistemas, uso de muebles ahorradores y
acciones para fomentar un uso responsable)
de las localidades a las que atiende y la
difundirá entre los ciudadanos.
• Divulgar las acciones que el organismo
emprenda para mejorar el manejo del agua,
a través de los medios de comunicación que
tenga a su alcance.
• Diseñar y ejecutar estrategias que favorezcan
la participación ciudadana en el manejo del
agua.
• Será el área responsable de establecer
comunicación, informar, consultar y
vínculos con la sociedad civil organizada, los
ciudadanos, las autoridades municipales y la
iniciativa privada.
• Establecerá un buzón de quejas y sugerencias,
se encargará de dar seguimiento puntual a
las demandas de los usuarios.
• Se propone la creación de un observatorio
ciudadano, como iniciativa del organismo
operador intermunicipal y con el apoyo de
otros actores (dependencias de gobierno,
organizaciones de usuarios, centros
educativos,sociedadcivileiniciativaprivada),
que integre un centro de documentación,
físico y virtual, reúna la información sobre
la operación del sistema de agua potable,
alcantarillado y saneamiento; así como
el desarrollo de las actividades necesarias
para monitorear y evaluar el desempeño del
organismo operador intermunicipal.
• Conformar un consejo de ciudadanos que
contará con los siguientes elementos:
−
−
Estará conformado por ciudadanos
destacados y especializados en el manejo
integral de los recursos hídricos que
representen a la academia, sociedad
civil organizada, iniciativa privada y
representantes de las autoridades de
los municipios involucrados, bajo el
principio de representación equilibrada
de las partes (mismo número de
representantes por municipio).
−
−
El consejo tendrá la facultad de contribuir
en actividades en que se requiera su
colaboración, emitir recomendaciones y
observaciones sobre acciones puntuales
del organismo intermunicipal.
−
−
Se deberá seleccionar una comisión
contralora, en el mismo consejo, que
estará facultada para dar seguimiento
en los procesos de implementación y
evaluación del servicio, distribución y
ejercicio de los recursos financieros; con
la finalidad de favorecer la transparencia
y rendición de cuentas.
−
−
Para la selección de miembros, se
recomienda que el encargado del área
de participación ciudadana realice una
identificación de actores en cada uno
de los municipios y su selección sea con
base en sus trayectorias curriculares, sean
propuestos por instituciones educativas
y organizaciones de la sociedad civil,
mediante convocatoria abierta del
organismo operador intermunicipal.
−
−
Los miembros del consejo de ciudadanos
durarán en su cargo tres años, alterna al
periodo de gobierno; es decir, a la mitad