Regulación de los servicios de agua potable y saneamiento en México - page 73

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Los servicios de agua potable y saneamiento en México: compromiso de calidad
u obligación constitucional
En ambos casos puede presentarse la condición de no
recuperar los costos de la operación y administración del
organismo operador, demeritándose más con el tiempo
los servicios. Estas condiciones son argumentos a favor del
establecimiento de controles que limiten el poder monopólico
de un organismo operador (de naturaleza pública o privada)
sobre los usuarios, aunque también son argumentos por los
que se critica a los mismos, ya que en México la mayoría de
los organismos operadores de agua son de propiedad pública.
Esta condición ha sido propicia para observar su desempeño y
discutir la pertinencia de conservar un statu quo que lesiona la
viabilidad financiera y social de una empresa pública municipal,
traduciéndose fundamentalmente en lo siguiente (Rodriguez,
2007): a) ausencia de tarifas reales, b) falta de planeación a largo
plazo, c) fijación de tarifas influidas por factores políticos, d)
utilizaciónde estas organizaciones como instrumentopartidario,
e) ineficiencias y escasa productividad, f) imprecisión tanto en
las obligaciones legales como en los objetivos financieros y
comerciales en los marcos legales (Lentini, 2014) y g) una escasa
rendición de cuentas a la sociedad.
No obstante, ante esta premisa existe la alternativa de la
autoregulación, donde un organismo operador, además de
llevar a cabo la prestación de sus servicios, se supervise a sí
mismo en el cumplimiento de metas, se autoevalúe y corrija
errores en la calidad de su servicio. Lo anterior puede resultar
difícil que ocurra cuando el operador tiene una condición
monopólica natural y sus intereses pueden fácilmente
desviarse del interés público; no así en un ambiente de
regulación que debe procurarse en todo momento.
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