Anexos
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FUNDAMENTACIÓN
En esta parte deberán citarse los ordenamientos jurídicos que prevén y permiten a las
partes involucradas llevar a cabo los actos a celebrarse, estos ordenamientos incluyen
desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos hasta la normatividad
de observancia local.
OBJETO
Es necesario establecer que el objeto dentro de los convenios de intermunicipalidad, será
la coordinación tendiente a la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado,
drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales, o el que a las partes interese;
en virtud de la obligación que recae en los Municipios, fungiendo esta coordinación,
como una opción para garantizar el derecho humano al agua, ya que solo el acuerdo de
voluntades basado en un interés público, constituye el medio para garantizar la mayor
cobertura de este derecho.
El objeto debe ser lícito conforme a lo autorizado por los Ayuntamiento y con base en
la satisfacción de un interés público y no podrá ser modificado por las partes, pues ello
configuraría un nuevo acuerdo de voluntades.
ALCANCES
Se debe especificar la actividad que se realizará, en este caso, tendiente a la prestación
del servicio de agua potable, alcantarillado, drenaje, tratamiento y disposición de aguas
residuales, o para los servicios que a las partes deseen pactar.
CLAUSULADO
Este apartado contendrá todas las especificaciones y circunstancias que van a regir el
convenio, como lo son derechos y obligaciones específicas que adquiere cada una de las
partes, en virtud del acuerdo de voluntades. Las clausulas deben ser claras, detalladas y
contener fines realizables. Este capítulo reviste una gran importancia para la coordina-
ción intermunicipal.
A manera de ejemplo, se presenta el siguiente clausulado, el cual puede ser considerado
como referencia ilustrativa para el contenido de las cláusulas del convenio de intermu-
nicipalidad que se celebre.