GUÍA PARA LA CONSTITUCIÓN DE ORGANISMOS OPERADORES INTERMUNICIPALES DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES - page 77

Anexos
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DÉCIMA SEXTA.- El patrimonio del organismo será inembargable.
DÉCIMA SÉPTIMA.-Los ingresos que perciba el organismo, se destinarán:
I. A la planeación, programas específicos de cobertura, gastos de operación y manteni-
miento que los servicios demanden;
II. Al pago de las amortizaciones de capital e intereses de los adeudos contraídos para la
ampliación o mejoramiento del organismo, en la zona donde preste el servicio; y
Podrán crearse, por acuerdo del Consejo, los fondos que se consideren convenientes
para programas específicos y, con los productos, se ampliarán los propios fondos o pa-
sarán a formar parte del ingreso.
DÉCIMA OCTAVA.- Para la debida operación y prestación de los servicios materia del
presente convenio, los municipios que suscriben el mismo, establecen las siguientes
bases económicas:
I. El ORGANISMO OPERADOR INTERMUNICIPAL, se subroga en todos los dere-
chos y obligaciones que correspondían los sistemas operadores de “LOSMUNICIPIOS”
por lo cual se integran al ORGANISMO OPERADOR INTERMUNICIPAL, todo el
patrimonio, recursos humanos, materiales, económicos y los de carácter técnico y ad-
ministrativo, así como los bienes muebles e inmuebles de sus sistemas operadores; y
II. Las aportaciones económicas que efectúen “LOS MUNICIPIOS” al ORGANISMO
OPERADOR INTERMUNICIPAL deberán ser autorizadas por cada uno de los Ayunta-
mientos, a propuesta del Consejo.
Lo anterior se establece atendiendo a los criterios técnicos operativos y financieros, así
como de racionalidad, transparencia y austeridad.
DÉCIMA NOVENA.- Los servidores públicos que laboren en el ORGANISMO OPE-
RADOR INTERMUNICIPAL tendrán los derechos y obligaciones a que se refieren las
leyes federales y estatales de la materia. Los derechos laborales del personal que la-
boraban en los sistemas operadores de cada municipio, se respetarán conforme a los
ordenamientos aplicables.
VIGÉSIMA.- Las partes convienen en resolver de común acuerdo las dudas, conflictos
o controversias que se susciten con motivo de la interpretación o cumplimiento del pre-
sente instrumento, a través de reuniones conjuntas que deberán de celebrar ex profeso
1...,67,68,69,70,71,72,73,74,75,76 78,79,80
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