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Indicadores del ejercicio del Derecho Humano al Agua.
¿Qué es accesible?
Accesible. Todo el mundo tiene derecho a unos servicios de
agua y saneamiento accesibles físicamente dentro o situa-
dos en la inmediata cercanía del hogar, de las instituciones
académicas, en el lugar de trabajo o las instituciones de
salud. De acuerdo con la OMS, la fuente de agua debe
encontrarse a menos de 1.000 metros del hogar y el tiempo
de desplazamiento para la recogida no debería
superar los 30 minutos.
El 28 de julio de 2010, a través de la
Resolución 64/292
, la
Asamblea General de las Naciones Unidas reconoció explícita-
mente el derecho humano al agua y al saneamiento, rea r-
mando que el agua potable y el saneamiento son esenciales
para la realización de todos los derechos humanos. La Resolu-
ción exhorta a los Estados y organizaciones internacionales a
proporcionar recursos nancieros, a propiciar la capacitación y
la transferencia de tecnología para ayudar a los países, en
particular a los países en vías de desarrollo, a proporcionar un
suministro de agua potable y saneamiento
saludable, limpio, accesible y asequible para
todos/as.
Indicadores del ejercicio del Derecho Humano al Agua.
¿Qué es asequible?
Asequible. Las instalaciones y servicios de agua y sanea-
miento deben estar disponibles y ser asequibles para todo
el mundo, incluyendo la población en situación de pobreza.
Los costos de los servicios de agua y saneamiento no debe-
rían superar el 5% de los ingresos del hogar, asumiendo así
que estos servicios no afectan la capacidad de las personas
para adquirir otros productos y servicios esenciales,
incluidos alimentos, vivienda, servicios de salud
y educación.