Regulación de los servicios de agua potable y saneamiento en México - page 37

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Los servicios de agua potable y saneamiento en México: compromiso de calidad
u obligación constitucional
los municipios, así como la participación de la ciudadanía
para la consecución de dichos fines.
Este mandato constitucional causa un impacto jurídico y
técnico condicionante al sector hídrico de México, porque es
necesario definir el contexto sustantivo e imperativo de este
derecho. Esdecir, loque sedebeexigiryobtener, porpartede los
prestadores del servicio y los demás actores del agua, al Estado.
Asimismo, se requiere determinar los medios a través de los
cuales los estados están en condiciones o pueden proporcionar
la satisfacción del derecho, sin perder de vista la importancia
de que podría ser gradual la aceptación y adopción, pero con
metas claras que demuestren el cumplimiento. Por ejemplo,
primero, el derecho básico, referido a exigir una dotación de
manera inmediata para garantizar la disponibilidad del agua
en una cantidad mínima en apego al DHA, privilegiando
el uso doméstico sin discriminación e independientemente
de la clasificación del tipo de usuario (doméstico: popular,
interés social y residencial) y, segundo, el derecho progresivo,
asociado con acciones tendientes al cumplimiento de
metas programadas y cuantificables para lograr o alcanzar
gradualmente el cumplimiento satisfactorio con el DHA,
tanto de manera jurídica como técnica y administrativa.
En general, la mayoría de los involucrados en el sector agua
tiene conocimiento de que es relativamente breve el tiempo en
el que se ha enunciado en los tratados internacionales y, por
ende, también se acordó, hace algunos años, la formalización
del DHA en la CPEUM, tanto que en febrero de 2012 fue
establecido este derecho ampliamente fundamentado y
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