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Manejo y distribución del agua en distritos de riego. Breve introducción didáctica
Tabla 1. Características entre de los distritos y de las unidades de riego.
Característica
Distrito de Riego
Unidad de Riego
Superficie (ha)
Mayor a 2,000
Menor a 500
Propiedad infraestructura
Federal
Particular y/o ejidal
Propiedad de la tierra
Particular y/o ejidal
Particular y/o ejidal
Cantidad
88
39,000, aproximadamente
Organización usuarios
Asociación Civil de Usuarios Sociedades no formales, orga-
nizadas para la concesión
Título de concesión
Agua, infraestructura y maqui-
naria
Agua
Supervisión de la operación
Permanente por Conagua
Eventual
Planificación del riego
Plan de Riego autorizado por la
Conagua
Indefinido
Entorno económico
Influencia Regional, Estatal
Influencia local
Cuotas de riego
Se enteran parcialmente a la
SHCP, y para uso de la ACU
Son de uso particular
Régimen legal asociación
Código civil del estado
Usos y costumbres
Es importante señalar que aun cuando estas características son, en lo general, específicas
a cada tipo de área de riego, existen excepciones en cada caso. Por ejemplo, existen DR
menores a 1,000 ha (DR 028 Tulancingo, Hgo.) y UR mayores a 4,000 ha (UR Río Blanco,
municipio de Hidalgo, Tam.); también se tienen unidades de riego organizadas en ACU y
SRL, aun cuando no es generalizada, en su caso, esta figura asociativa.
El presente documento se enfoca en DR, aun cuando lo anotado puede aplicarse a aquellas
UR que cuenten con la organización e información para ello. En el capítulo “Infraestructura”
se presenta mayor detalle sobre los diferentes elementos y aspectos de los distritos de riego.
Desde el punto de vista de organización para la administración, se tienen diferentes
términos que en seguida se presentan:
• Usuario: productor rural propietario o poseedor de una superficie registrada en el
padrón de usuarios de un DR; es la unidad básica de producción y organización.
• Padrón de Usuarios: registro catastral donde se inscriben los agricultores con
derecho a recibir el servicio de riego y que están ubicados dentro de los límites de
un DR. La información básica que debe de contener es, entre otras: número de lote,
nombre y característica del usuario, superficie total y con derecho a riego, tipo de
aprovechamiento y los derechos de agua de que es titular.
• Asociaciones Civiles de Usuarios (ACU): organización de usuarios, constituida en
los términos del código civil del estado en que se ubica el DR, que recibe el título
de concesión de aguas y para administrar, operar y conservar la infraestructura
hidroagrícola (red menor) localizada en su módulo de riego. La máxima autoridad es
la asamblea general de usuarios. El presidente de la asociación es el responsable de la
administración y el gerente técnico el responsable de la operación y conservación.
• Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL): es la organización de nivel superior
que conjunta a todas las ACU de un DR; se integra por los presidentes de las ACU.
Tiene a su cargo la concesión de administrar, operar y conservar la red principal o
mayor del DR.