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Medición en centrales hidroeléctricas
El monto de la contribución determinada, se ac-
tualizará por el transcurso del tiempo y con mo-
tivo de los cambios de precios en el país, para lo
cual se aplicará el factor de actualización a las can-
tidades que se deban actualizar …”
Mientras que en el artículo 7 se establece como
determinar el monto a pagar dependiendo del
tipo de obra, en este caso se lee:
“…II.-Tratándose de acueductos o sistemas de
suministro de agua en bloque realizados exclu-
sivamente con inversión federal, el monto de la
contribución obtenida en el artículo anterior se di-
vidirá entre la capacidad de suministro del sistema,
medida en metros cúbicos por segundo
, y el
cociente obtenido se multiplicará por el volumen
asignado o concesionado por la Comisión Nacio-
nal del Agua a cada usuario del sistema,
medido
en metros cúbicos por segundo
y el resultado
será el
monto de la contribución
a cargo de
cada contribuyente..
La Comisión Nacional del Agua revisará anualmen-
te las bases para determinar la contribución a que
se refiere este artículo, modificando en su caso, el
monto de la contribución a cargo de los usuarios en
la medida en que se modifique la cobertura de usua-
rios de los sistemas hidráulicos conforme lo permi-
tan las capacidades máximas de suministro de las
obras públicas federales de infraestructura hidráulica.
En el caso de obras públicas federales de infraes-
tructura hidráulica que total o parcialmente se uti-
lizan para beneficio en la generación hidroeléctrica
de entidades de la administración pública, para la
prestación de servicios públicos de electricidad el
monto de la contribución a que se refiere la pre-
sente Ley se determinará, en sustitución de lo pre-
visto en este artículo, mediante el procedimiento
que se desprende de aplicar el 25% a los ingresos
que se perciban por el suministro o venta de los
kilowatts/hora generados como consecuencia de
dichas obras. En el caso de que la obra sea exclu-
sivamente para generación hidroeléctrica, el pago
se hará como se establece en la fracción II del ar-
tículo anterior…”
En lo dicho anteriormente resulta clara la impor-
tancia de la medición del agua en el sector hi-
droeléctrico no sólo por cuestiones de hacer más
eficiente la producción de energía eléctrica sino
por los costos de uso de agua que en el caso de
México se pagan a la Comisión Nacional de Agua
.
2.4. REQUERIMIENTOS DE
MEDICIÓN EN EL SECTOR
HIDROELÉCTRICO
Cuantificar la eficiencia real de un equipo hi-
dráulico está en relación directa a cuantificar en
forma más exacta el gasto turbinado, es así que,
entre más exacta sea la medición del gasto tur-
binado más real será la eficiencia obtenida, es
por ello, que los requerimientos de medición son
más altos que en la medición de gastos en obras
hidroagrícolas.